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¿Dónde poner mi negocio?
El éxito de tu negocio dependerá del local que elijas. Aquí locales en alquiler o venta. Y utiliza nuestras herramientas para comparar locales. Ir al Paso 3
¿Por qué necesito una licencia?
Antes de alquilar o comprar un local, llámanos. Toma la decisión con fundamento. Asesoramiento técnico y urbanístico, gratuito. Ir al Paso 4
¿Cómo monto mi negocio?
Empresas de reforma, decoración, instalaciones, rótulos, maquinaria para la implantación de la actividad… Todo lo que necesitas está aquí. Ir al Paso 5
¿Cuándo puedo abrir mi negocio?
Planifica tu negocio. Todo lo que necesitas para abrir: suministros, seguros, mantenimientos, prevención, software, decoración, publicidad, web… ¿Cuánto vas a ganar? Ir al Paso 6
• Cambio de uso de local a vivienda
• Realizar obras, reformas, construcciones u otras actuaciones en una vivienda, edificio de viviendas o solar
• Cambio de uso de un edificio
• Despachos profesional doméstico
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PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA CAMBIAR EL USO DE UN LOCAL Y LEGALIZARLO EN UNA VIVIENDA:
1. Urbanísticamente, debemos comprobar en el Ayuntamiento si es posible el Cambio de Uso de Local a Vivienda.
2. Un Técnico, debe comprobar in situ que el local cumple las condiciones mínimas de una vivienda según las normas urbanísticas de cada Ayuntamiento.
3. Si hasta aquí, las dos comprobaciones, la urbanística y la geométrica, son positivas. Se materializan mediante la redacción de un Proyecto de Ejecución de Cambio de Uso de Local a vivienda.
4. Dicho Proyecto Técnico, se presenta en el Ayuntamiento solicitando el Cambio de Uso deLocal a Vivienda y se liquidan las tasas por Licencia Urbanística.
5. Una vez que los Servicios Técnicos Municipales revisan el Proyecto Técnico, puede reclamar algún requerimiento de entrega de documentación o mejora de la solicitud.
6. Y dependiendo de cada Ayuntamiento, en un plazo aproximado de 6 meses, conceden la primera licencia, que es la Licencia de Actividad para el Cambio de U de Local a Viviendas. Con esta licencia se pueden comenzar las Obras contempladas en dicho Proyecto de Técnico.
7. Una vez terminadas las Obras, se emite el Certificado Final de las Obras. Se adjunta al expediente abierto en el Ayuntamiento.
8. El Ayuntamiento notificará requiriendo el libro del edificio y un certificado catastral.
9. Se realizara visita de Inspección Técnica Municipal.
10. Tras este trámite, el Ayuntamiento concederá la Licencia de Primera Ocupación.
11. Con la Licencia Municipal de Primera Ocupación y el Proyecto Técnico de Cambio de Uso de Local a Vivienda, se procede ante notario, a escriturar el Cambio de Uso de Local a Vivienda. Por lo tanto tendremos una nueva escritura donde se da fé de que nuestro inmueble, es ya una vivienda.
12. La escritura se eleva a escritura pública, en el Registro de la Propiedad. Así queda registrada y aparecerá en el catastro como vivienda.
13. A todos los efectos, sólo una vez escriturada y registrada, nuestro local es una vivienda.